NO BASTA LA OMISIÓN SINO ACCIONES COMITIVAS PARA ACREDITAR EL DELITO DE COLUSION

NO BASTA LA OMISIÓN SINO ACCIONES COMITIVAS PARA ACREDITAR EL DELITO DE COLUSION
  • 28 abr 2024

BREVE RESUMEN DE LOS HECHOS  

A Óscar David Rojas Palomino se le imputa haber participado en un caso de colusión, específicamente se le acusa de haberse concertado con sus coprocesados para defraudar patrimonialmente al Estado. Entre los actos que se le imputan se encuentra la suscripción de la Adenda 3, fechada el 25 de octubre del 2011, la cual está relacionada con un convenio tripartito suscrito con EMUSAP y el Ministerio de Vivienda. Se señala que esta adenda se suscribió con el compromiso de garantizar la libre disponibilidad del terreno, y sobre esta base de libre disponibilidad del terreno se habrían iniciado los actos colusorios.

RESUMEN DEL PRONUNCIAMIENTO DE LA TC

El Tribunal Constitucional en esta sentencia, analiza la aplicación de la prueba por indicios en el ámbito judicial, destacando su relevancia, complejidad y los requisitos necesarios para su correcta utilización en la valoración de pruebas en casos penales. El TC, indica que la prueba por indicios no constituye un medio de prueba en sí misma, sino un método de valoración que exige un razonamiento lógico y una inferencia adecuada para llegar a conclusiones sobre hechos no directamente probados.


Se subraya la importancia de seguir un proceso riguroso al aplicar la prueba por indicios, respetando las normas establecidas en el Código Procesal Penal para garantizar que el razonamiento sea constitucional y legalmente válido. Se destaca la necesidad de una motivación clara y completa en las resoluciones judiciales, especialmente en lo que respecta a la pertinencia y validez de las pruebas indiciarias utilizadas en un caso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139, inciso 5, de la Constitución Política.


Además, se abordan los requisitos y presupuestos procesales que deben cumplirse para que la prueba por indicios sea considerada constitucional y legalmente válida, incluyendo la verificación sucesiva de tres elementos: el indicio base probado, la inferencia lógica y el hecho inferido. Se destaca que la correcta aplicación de la prueba por indicios requiere una argumentación sólida y coherente, siguiendo un proceso lógico que respete las reglas de la lógica, la ciencia y la experiencia.


En el contexto del delito de colusión, se discute la importancia de las acciones comisivas en la determinación de la responsabilidad penal. Se enfatiza que para atribuir responsabilidad penal a una persona, no basta con demostrar que tuvo conocimiento de ciertos hechos, sino que es necesario que realice acciones concretas que al menos constituyan el inicio de la ejecución de una conducta típica dentro del marco del delito imputado. Se resalta la necesidad de una argumentación detallada que demuestre la participación activa del acusado en la comisión del delito de colusión, siguiendo las reglas establecidas para la prueba por indicios.


En resumen, el documento proporciona una guía exhaustiva sobre la prueba por indicios en el ámbito judicial, destacando su complejidad y la importancia de seguir un proceso metodológico riguroso para su correcta utilización en la valoración de pruebas en casos penales. Se enfatiza la necesidad de una motivación clara y completa en las resoluciones judiciales, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos para garantizar la validez y legalidad de la prueba por indicios en el sistema judicial, especialmente en casos como el delito de colusión.


SOBRE LAS ACCIONES COMITIVAS DEL DELITO DE COLUSION

El TC da a conocer la importancia de las acciones comitivas en la determinación de la responsabilidad penal en un caso de colusión. Se señala que para que una persona sea penalmente responsable, no basta con afirmar que tuvo conocimiento de ciertos hechos, sino que es necesario que realice acciones comisivas que al menos constituyan el comienzo de la ejecución de una acción típica dentro del marco del delito imputado.


Se argumenta que la imputación basada en la prueba indiciaria debe estar debidamente desarrollada por los jueces, centrándose en acciones concretas que demuestren la participación del acusado en la comisión del delito. Se señala que el simple conocimiento de ciertos hechos no es suficiente para atribuir responsabilidad penal, sino que se requiere la realización de acciones que demuestren la participación activa en la conducta delictiva.


HAZ CLIC EN EL SIGUIENTE ENLACE PARA OBTENER LA RESOLUCIÓN COMPLETA:


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