Breve Resumen de la Sentencia del Tribunal Constitucional (Exp. N.° 00684-2023-PHC/TC)
Antecedentes del Caso
Jorge Rolando Cabrera Salvatierra, representado por Julio César Espinoza Goyena, interpuso una demanda de habeas corpus contra el juez Robert Luis Chumbimune Porras, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, alegando vulneración de los derechos a la debida motivación de las resoluciones judiciales y al derecho de defensa. La demanda se centró en la nulidad de las audiencias de control de acusación realizadas entre octubre de 2020 y noviembre de 2021.
Cuestión Principal
La controversia radica en que el Ministerio Público incluyó en la acusación fiscal hechos nuevos —específicamente, la adquisición de bienes inmuebles con dinero supuestamente proveniente de actos de corrupción— que no fueron previamente comunicados a la parte imputada durante la etapa de investigación preparatoria. Esto impidió a Cabrera Salvatierra ejercer su derecho de defensa adecuadamente.
Fundamentos de la Sentencia
El Tribunal Constitucional señala la importancia del principio de congruencia procesal, que exige que la acusación fiscal y la resolución judicial estén basadas en los mismos hechos imputados. La inclusión de hechos no imputados en la fase preparatoria sin la debida notificación constituye una violación del derecho de defensa y de la debida motivación de las resoluciones judiciales.
Decisión del Tribunal
1. Fallo a favor del recurrente:El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de habeas corpus, reconvirtiéndola en una de amparo debido a la naturaleza de los derechos vulnerados.
2. Nulidad de resoluciones: Se declararon nulas las Resoluciones 35 y 36, emitidas el 15 de septiembre de 2021, que avalaron la validez formal de la acusación fiscal y rechazaron la apelación respectiva.
3. Reinicio del proceso: Se ordenó retrotraer el proceso a la audiencia de control de acusación, para que se emita una nueva resolución conforme a los fundamentos expuestos en la sentencia.
QUE NOS DICE SOBRE LA INCORPORACIÓN DE HECHOS NUEVOS EN EL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN
El TC ha establecido que en la acusación fiscal se incorporó hechos nuevos que no habían sido objeto de la investigación preparatoria previa. Esta incorporación de hechos nuevos se considera una "acusación sorpresiva", la cual afecta el derecho constitucional a la defensa del acusado, en su manifestación de derecho a contradecir. Se destaca que la sorpresa en la acusación impide al acusado preparar una defensa adecuada, ya que no tuvo la oportunidad de conocer y rebatir los nuevos elementos incorporados en la acusación. Esta situación genera un estado de indefensión para el acusado y vulnera su derecho a un debido proceso. La resolución del Tribunal Constitucional declaró la nulidad de la resolución judicial que avaló esta incorporación de hechos nuevos, resaltando la importancia de respetar el derecho de defensa y la imputación concreta en los procesos judiciales para garantizar un proceso justo y equitativo.
QUE NOS DICE SOBRE LA INCONGRUENCIA PROCESAL
Se aprecia la vulneración al principio de incongruencia procesal debido a que la acusación fiscal incluyó hechos nuevos que no estaban contemplados en la Disposición de Formalización de la Investigación Preparatoria. Esta falta de congruencia entre la acusación fiscal y la etapa previa de la investigación preparatoria vulnera el derecho de defensa del acusado, ya que no se le permitió conocer y contradecir los nuevos elementos incorporados en la acusación. La incongruencia procesal impide al acusado preparar una defensa adecuada y afecta la equidad del proceso judicial. La resolución del Tribunal Constitucional declaró la nulidad de la resolución judicial que avaló esta incongruencia procesal, resaltando la importancia de respetar la congruencia procesal y la imputación concreta para garantizar un proceso judicial justo y respetuoso de los derechos fundamentales de las personas involucradas en el proceso penal.
QUE NOS DICE SOBRE EL DERECHO DE DEFENSA
El TC indica que el derecho de defensa se vio potencialmente afectado debido a la falta de garantías para el acusado desde el inicio de las investigaciones preliminares y durante la investigación preparatoria. Se hace referencia al principio de la "imputación necesaria o concreta", el cual establece que el acusado tiene derecho a conocer de manera detallada la imputación en su contra, incluyendo los hechos y circunstancias que se le atribuyen.
La falta de comunicación previa y detallada de la acusación formulada al acusado puede generar un estado de indefensión, impidiéndole ejercer de manera efectiva su derecho de defensa. En este sentido, la resolución del Tribunal Constitucional resalta la importancia de garantizar el derecho de defensa en todo momento del proceso judicial, desde las etapas iniciales de la investigación hasta el juicio oral, para asegurar un proceso justo y equitativo. La nulidad de la resolución judicial que vulneró el derecho de defensa del acusado enfatiza la necesidad de respetar este derecho fundamental en todos los procedimientos judiciales.
QUE NOS DICE SOBRE LA IMPUTACIÓN EN CONCRETO
Se hace referencia a la imputación en concreto como un elemento esencial para garantizar el derecho de defensa en un proceso judicial. Se destaca que la imputación en concreto implica que el acusado debe conocer de manera detallada los hechos que se le atribuyen, así como las circunstancias en las que supuestamente tuvieron lugar. Este principio busca asegurar que el acusado pueda ejercer de manera efectiva su derecho a la defensa, permitiéndole preparar una estrategia adecuada para rebatir los cargos en su contra.
Se hace mención a que la acusación fiscal incorporó hechos nuevos que no fueron objeto de la investigación preparatoria previa, lo cual generó una situación de "acusación sorpresiva" que afectó el derecho de defensa del acusado. Esta falta de imputación en concreto impidió al acusado conocer y contradecir los nuevos elementos incorporados en la acusación, generando un estado de indefensión. La resolución del Tribunal Constitucional declaró la nulidad de la resolución judicial que avaló esta falta de imputación en concreto, resaltando la importancia de respetar este principio para garantizar un proceso judicial justo y equitativo.
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