VALORACIÓN DE LA PRUEBA PERICIAL

VALORACIÓN DE LA PRUEBA PERICIAL
  • 27 mar 2024

HECHOS

Los hechos del presente proceso se inician con el requerimiento fiscal presentado el veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete, en el cual se formuló acusación contra Virgilio Rivas Vega y otro acusado por el delito contra el patrimonio en la modalidad de hurto agravado, en agravio de Sonia Miryam Góngora Orosco y otros. En dicho requerimiento se detallan las circunstancias en las que los acusados habrían pernoctado en un inmueble arrendado por la agraviada, escondidos en un ambiente prefabricado, sin que se observen signos de violencia en la puerta de acceso al inmueble.


Posteriormente, se describe cómo, en el día siguiente a dicha pernoctación, los acusados habrían cometido el delito en cuestión en el inmueble, en presencia de testigos, con la presunta sustracción de bienes pertenecientes a la agraviada. Se resalta la importancia de los elementos probatorios presentados durante el juicio, entre los cuales se incluyen informes periciales realizados por expertos en antropología forense, así como testimonios de testigos presenciales de los hechos.


El proceso judicial continúa con la emisión de una sentencia de primera instancia por parte del Cuarto Juzgado Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, la cual condena a Virgilio Rivas Vega como coautor del delito de hurto agravado y le impone una pena privativa de libertad efectiva. Esta sentencia es apelada por la defensa del encausado, alegando una indebida valoración probatoria respecto de la pericia realizada por el perito Teodoro Vilca Apaza, así como vicios en la motivación de la sentencia.


La sentencia de primera instancia es revisada en segunda instancia por la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, la cual revoca la condena impuesta en primera instancia y absuelve a Virgilio Rivas Vega de los cargos imputados. Esta decisión de la Sala de Apelaciones es objeto de un recurso de casación interpuesto por la Primera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones del Distrito Fiscal de Arequipa, el cual es resuelto por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República y dispone la realización de un nuevo juicio oral de apelación.


FUNDAMENTOS DE LA CORTE SUPREMA


La "Casación - 1534-2021-Arequipa - valoración de la prueba pericial" aborda de manera exhaustiva la relevancia que reviste la adecuada apreciación de la prueba pericial dentro del contexto del proceso judicial. En este sentido, se pone de manifiesto la necesidad imperiosa de llevar a cabo un análisis meticuloso y preciso de dicha prueba, contemplando tanto aspectos objetivos como subjetivos y concretos.


Se hace especial hincapié en la importancia de que la valoración de la prueba pericial se realice conforme a los principios y métodos científicos pertinentes, así como a la correcta aplicación de la teoría jurídica correspondiente al caso en cuestión. Asimismo, se destaca la trascendencia de la veracidad, objetividad y claridad en la presentación de los informes periciales por parte de los expertos.


En el análisis de la jurisprudencia, se hace mención al caso específico del perito en antropología forense, Teodoro Vilca Vargas, cuyo dictamen fue determinante al concluir la ausencia material del examinado en las imágenes sometidas a escrutinio durante el juicio. Esto subraya la necesidad de examinar rigurosamente la metodología empleada en la elaboración de los informes periciales, así como las condiciones bajo las cuales se llevaron a cabo las pericias.


Además, se alude a la normativa jurídica pertinente, como la Casación n.° 96-2017/Tacna y el Acuerdo Plenario n.° 5-2015/CIJ-116, los cuales establecen directrices y criterios fundamentales para la valoración de la prueba pericial en el ámbito judicial. Es crucial respetar los límites y disposiciones establecidos por dicha normativa al evaluar la prueba pericial en segunda instancia, con el propósito de garantizar la legalidad y justicia en el proceso judicial.


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